Todas las Trabajadoras de Casa Particular deben cobrar aguinaldo, cualquiera sea la modalidad en la que se desempeñen (por horas, con retiro, cama adentro)

Este se paga siempre en 2 cuotas. En el caso de las trabajadoras domésticas,  la 1er cuota se paga la última jornada laboral del mes de Junio y la 2da la última jornada laboral del mes de diciembre.

El monto que corresponde es el 50% del mejor sueldo del último semestre. Si el último semestre la empleada no lo trabajó entero, entonces se paga un proporcional. 


Ej: 1.- Si la empleada solo trabajó 4 de los últimos 6 meses, corresponderá abonarle como SAC el 66,67 % (4 meses / 6 meses) del 50% del mejor sueldo de los últimos 4 meses. 


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